A propósito de la resolución dictada por la Corte Suprema en contra de una abogada, que le impuso una multa de casi $400.000 y la suspensión del ejercicio de la profesión por un mes, por haber citado incorrectamente doctrina, lo que podría suponer un uso indebido de la IA, debemos considerar que han existido otros letrados que han incurrido en faltas más graves, a lo menos éticamente, lo que a nuestro criterio, determina el carácter desproporcionado de la sanción indicada.

Por ejemplo, ante conductas igualmente cuestionables desde una perspectiva ética, los órganos disciplinares competentes no han adoptado medida alguna en su contra, en el proceso del 1° Juzgado Civil de Santiago, Rol C-1036-2021, en que se tramita una demanda de indemnización de perjuicios en contra del Estudio Jurídico CLARO y CÍA. y uno de sus socios, Felipe Ossa Guzmán, por la información contenida en una Declaración Jurada confeccionada por este último. Se hace presente que no se ha dictado sentencia definitiva de primera instancia en dicho proceso.

En dicho juicio, el demandante refiere que el demandado Ossa reconoció en la audiencia de absolución de posiciones que elaboró su informe no teniendo la calidad de abogado experto en derecho minero chileno, sólo en litigación; que no utilizó sólo documentos legalizados para sustentar el examen de los procesos mineros que realizó; y que no tuvo a la vista los expedientes completos en los cuales se basó su informe, ya que sólo tuvo a su alcance partes parciales del juicio y supuestas sentencias que en su mayoría, ni siquiera tenían las firmas de los jueces que supuestamente dictaron las resoluciones. Resulta que en su mayoría los juicios en los cuales emitió su opinión eran de naturaleza minera o tenían connotaciones asociadas a dicha rama del derecho.

A pesar de ello, Ossa emitió un informe con información que a su criterio era errada, que rectificó en una segunda declaración, en lo que respecta a las supuestas declaraciones de una de las partes del proceso que informó. Resulta que este actuar negligente, imputado por mi representado, que se materializó en un informe fue utilizado en Canadá para sancionar a una empresa pública canadiense. Esto generó perjuicios incalculables en contra de la compañía y sus miles de accionistas. Además, existe una querella criminal en tramitación en contra del referido letrado por la supuesta comisión del delito de falsificación y/o uso malicioso de instrumento privado. No se ha dictado sentencia por el Juez de Garantía.

Por lo cual, si se han de aplicar sanciones a los letrados, que estas sean proporcionales a la infracción cometida.

Juan Guillermo Torres, Abogado