Con una votación de 88 a favor, 34 en contra y 14 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados dio luz verde a la moción que tipifica y sanciona el ingreso clandestino a territorio chileno. Esta iniciativa, que ha generado divisiones en el oficialismo, avanza ahora al Senado para su revisión.

La propuesta, originada por parlamentarios, modifica la Ley de Migración y Extranjería, introduciendo un nuevo artículo centrado en delitos migratorios. El texto aborda el ingreso clandestino al territorio nacional, ya sea por un paso no habilitado o eludiendo el control migratorio. Este acto será castigado con presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) o multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales (aproximadamente entre 323 mil y 646 mil pesos).

La normativa excluye a refugiados provenientes directamente de territorios donde su vida o libertad estén amenazadas, así como a menores y sus responsables legales. No obstante, aquellos extranjeros que ingresen clandestinamente y tengan impedimentos o prohibiciones para hacerlo enfrentarán pena de presidio menor en su grado medio a máximo (entre 541 días y 5 años).

El uso de documentos falsos o proporcionar información falsa para autorizar el ingreso o salida del territorio también será sancionado con presidio menor en su grado medio a máximo. Tras cumplir la pena, se procederá a la expulsión del infractor.

En casos de detención en flagrancia, se buscará la reconducción o devolución inmediata. Cuando solo se solicite multa, se seguirán las reglas del procedimiento monitorio. En situaciones donde se imponga la expulsión, el tribunal informará a la Policía de Investigaciones y al Servicio Nacional de Migraciones.

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